Búsqueda

jueves, febrero 10, 2011

«Así muere la democracia, con un estruendoso aplauso»

Los habituales de este blog sabéis que muy rara vez me desvió del tema principal del mismo, esto es, los errores científicos en cine, televisión, periódicos, o allá donde los encuentre, y aprovecharlos para hacer un poco de divulgación científica. Y ya de antemano me disculpo por salirme del tema. Pero esta frase de La venganza de los Sith, fue lo que me vino ayer a la cabeza con la votación en el Senado de la llamada Ley Sinde.

Porque no se trata de si descargar cosas es legal o no, de cómo remunerar a los autores, y todo lo que se está diciendo en los medios. De lo que trata esta ley es de trasladar una decisión que compete únicamente al juez, a una comisión del Ministerio de Cultura. Es la comisión la que decidirá si se está infringiendo la ley o no, y la que decidirá el cierre de una web. El juez sólo podrá decidir si se vulneran derechos fundamentales o no, pero no podrá entrar en el fondo del asunto, es decir, determinar si hay indicios de ilegalidad y si es pertinente el cierre cautelar. «Casualmente», los jueces han sentenciado una y otra vez a favor de las webs de enlaces, determinando que lo que hacen no vulnera la Ley de Propiedad Intelectual. Y claro, como al ejecutivo no le gustan las decisiones de los jueces, pues los eliminan de la ecuación.

En resumen, la ley permite que el poder ejecutivo tome decisiones que le competen única y exclusivamente al poder judicial. Y eso va en contra de la separación de poderes, pilar del Estado de Derecho.

Y por mucho que se diga que sólo van a ir contra páginas de enlaces, la caja de Pandora está abierta. Cualquiera puede acogerse a ella y denunciar una web de tipo diferente. Es más, se puede usar la propiedad intelectual como excusa para acallar una opinión que no te gusta. Ahí tenemos el caso de los videos paródicos de Ramoncín que fueron retirados de Youtube, o el que el programa «Ya sé lo que hicisteis...» de La Sexta, ya no pueda usar imágenes de Telecinco. En ambos casos se argumentó que se violaba la propiedad intelectual, aunque la realidad era que a los demandantes no les hacía gracia que los criticaran de esa forma. No voy a meterme en el eterno debate de dónde está el límite de la libertad de expresión (personalmente creo que mucha gente la confunde con el derecho a insultar y descalificar). Lo que quiero resaltar es que con ingenio y una buena argumentación, se puede usar la ley para cerrar webs que vierten opiniones que a uno no le gustan, usando como excusa la propiedad intelectual. La libertad de expresión, otro pilar del Estado de Derecho, puede verse comprometida.

Y en cierta forma, todo esto afecta a este blog. ¿Quién sabe? Tal vez un día alguien diga que las imágenes (y últimamente vídeos) que cuelgo para ilustrar los errores que comento, violan la Ley de Propiedad Intelectual, y quiera cerrar este blog. Estoy seguro de que un juez desestimaría inmediatamente tal demanda. Pero la decisión ya no está en manos de un juez.

Corrección: Acabo de ver el DVD de «La venganza de los Sith», y la frase exacta que dice Padme Amidala (en el doblaje para España) es «Así es como muere la libertad, con un estruendoso aplauso».

25 comentarios:

  1. Bienvenido al club, saludos desde Venezuela.

    ResponderEliminar
  2. Precisamente ahora que habías empezado a ilustrar los artículos con vídeos.

    Me pregunto si se podría recurrir al derecho a cita. Habrá que preguntar a David Bravo o a alguno de sus (cada día más numerosos) colegas.

    ResponderEliminar
  3. Antes las empresas y los gobiernos sólo trataban con unos pocos medios a los que podían controlar si tenían los recursos. Con Internet todo cambio ya que cualquiera tiene su voz: todo esto no se trata de descargas sino de recuperar el control.

    Saludos desde Argentina.

    ResponderEliminar
  4. Y con ello morirá toda la cultura de la cual con tanto ahínco dicen defender.

    ResponderEliminar
  5. "Acojerse".

    Mis ojos...

    PD: buen post,

    ResponderEliminar
  6. En taro Adun.

    La cuestión del Sindarazo es el doble atentado contra la democracia que se produce. Como bien dices, Alf, se deja en manos de la Administración una decisión judicial, pero es que, además, con la excusa de defender derechos mercantiles (y que conste que me parece correcto defender los derechos de autor) se vulneran derechos constitucionales, por lo que se cargan el principio de jerarquía normativa.
    Lo peor del caso es que dicen que lo hacen en nombre de la cultura, pero nada más lejos de la realidad. En su desesperado intento de demonizar la red no se dan cuenta de que, precisamente, Internet es el mayor difusor global de la cultura.
    Todo esto responde, no nos engañemos, a una necesidad gubernamental de satisfacer a ese detestable lobby de poder compuesto por cantautores, directores cinematográficos, actores, vicetiples, pseudointelectuales, ramoncines y demás gente de la farándula, que hacen del mal llamado "sueldo de autor" su modo de vida, y que apoyan descaradamente a nuestro gobierno.
    Pero, al margen de ser una cacicada, es además una torpeza, pues esta medida no solucionará el problema de la piratería (cualquiera puede poner contenidos protegidos en páginas extranjeras o abrir las páginas web que quiera) y sólo producirá malestar, tensión social y cabreo colectivo.
    ¡Por Aiur!, parece que al final, nos alejamos de Europa para parecernos más a China... que Adun nos pille confesados...

    Mi vida por Aiur (y espero que nadie me denuncie por usar estos nombres registrados)

    P.D. Alf, ojo con el "acojerse" del 4º párrafo.

    ResponderEliminar
  7. ¿Hay que renumerar o remunerar a los autores?. Un fallo lo tiene cualquiera.

    ResponderEliminar
  8. Creo que entonces el lugar donde vivo está en "ventaja" a causa de la falta de legislación acerca de todo lo que implica la web. Que curioso, pero para bien; que no empiecen a copiarles desde sudamérica.

    ResponderEliminar
  9. ¡Ops! corregidas las dos erratas. Gracias (otra aspecto positivo de la red, se puede corregir todo de forma inmediata, y uno cuenta con innumerables revisores :-D).

    ResponderEliminar
  10. Muy buenas.

    No quiero parecer mala gente, pero en serio, espero que los ignorantes que se las dan de intelectuales que han promovido esta Ley se arruinen hasta la indigencia más absoluta; todos estos que se quejan del intercambio de ficheros en Internet desde su mansión en Miami o desde su chalet de tres plantas en Las Rozas.

    ¿Algún letrado en la sala? Siento decir que mi desconocimiento de la Ley es bastante grande, pero es que me gustaría saber si las obras de un grupo alemán colgadas en una página en algún servidor de Holanda, pongamos por caso, también están sometidas a la dichosa y estúpida Ley, sólo por el hecho de que puedan estar en castellano, y elaboradas y subidas por un señor de Albacete. También quisiera saber si un grupo de ciudadanos puede denunciar el contenido de la Ley al Constitucional.

    Aunque parezca una traidora, no me duele nada decir lo siguiente: promovamos el disfrute (que no consumo a secas) de lo que venga de fuera y no esté contemplado en la Ley. Basta ya de defender lo ep-pañol así porque sí, sólo por ser de aquí, cuando su calidad sea bajísima.

    Pero qué razoncita tienes, Alf.

    ¡Saludos!

    ResponderEliminar
  11. Tengo una consulta: como ingeniero un diseño industrial novedoso tiene unos años de propiedad y a partir de ahí son de público dominio (creo que 15 años)
    ¿Porqué en el caso de los "artistas" viven del cuento hasta sus herederos?.
    ¿Porqué le he pagado con mi disco duro un céntimo de Euro a Ramoncín, que no lo soporto desde que apareció como Rey del Pollo Frito?.
    Eso no me mola nada.

    ResponderEliminar
  12. En taro Adun.

    Anónimo, según la Ley de Propiedad Intelectual (23/2006, que reforma a 1/96) los derechos de explotación de una obra pertenecen a su autor y a las personas vinculadas jurídicamente a él (sus herederos, por ejemplo) y su duración es la de la vida de su autor y 70 años después de su fallecimiento. Según el artículo 10, que determina los objetos susceptibles de protección, en su apartado g) incluye "proyectos, planos, maquetas y diseños de obras arquitectónicas y de ingeniería".
    No sé de dónde sacas lo de los 15 años, pero la ley parece bastante clara al respecto. Un saludo.

    Mi vida por Aiur.

    ResponderEliminar
  13. Por cierto, habrán "artistas" que viviran del cuento, no confundirlos con los artistas que trabajan cada día, no solo para vivir sino para transmitir y en el caso de cine y cómics, muchas veces trabajan para contentar a un público cada vez más exigente. Aunque siendo yo ilustrador, pienso que un artista no solo debe trabajar por el dinero sino para lo que he dicho antes transmitir ideas y denunciar muchas veces temas sociales.

    ResponderEliminar
  14. Excelente información , este blog va a favoritos ahora mismo.Te felicito por el valor que aportan los aportes.

    Un saludo
    Enrique Robles

    ResponderEliminar
  15. Con esto hay que hacer como siempre. Buscar los huecos a las leyes estúpidas para que no te jodan.
    Estimo que si un site está colgado en un servidor en Malasia, no podrían decir nada porque un gobierno no puede decirle a otro que baje tal o cual página porque afecta los derechos, a menos que entre los países haya algún tipo de acuerdo.
    Probablemente lo que si se vea afectado para ustedes son los dominios ".es" (yo estoy en ".ar"). No creo que afecte un dominio ".com" que esté hosteado en suiza por ejemplo.

    Muchas veces los gobiernos utilizan excusas para poder controlar ciertos factores que no controlan. Eso es aberrante pero es un continuo en la historia de la humanidad. Así que se ganan derechos, luego por algún lado se pierden libertades y otra vez a la lucha para ganar nuevos derechos.

    saludos

    ResponderEliminar
  16. Amen. Si es que hables de lo que hables, no puedo dejar de darte la razón.

    ResponderEliminar
  17. por aquí otro anónimo ^^

    tassadar, respecto a lo que comentabas con el anterior anónimo:
    la propiedad intelectual de las obras (música, libros, películas, etc...) caduca a los 70 años del fallecimiento del autor, pero las patentes de maquinaria y otros sucedáneos industriales caducan a los 15 años, pudiendo realizar copias quien quiera (y creo que sin pagarte nada)

    respecto a la ley sinde... si el que tiene los derechos de la imagen de "kosh" que tiene de avatar el autor de este blog reporta la pagina, o si blizzard reporta el avatar de tassadar, o cualquier otro cualquier imagen y/o texto con copyrigth en esta pagina, entonces te la cerrarán en 2 semanas ^^

    ResponderEliminar
  18. Pues ya sabemos a quien NO votar (aunque ojo con los recambios).

    ResponderEliminar
  19. Hay una curiosidad de este asunto, que es cómo nos están manipulando, o intentando manipular, los medios, con lo de que sólo es una ley anti-descargas. Aunque, claro, igual el primero que ha manipulado ha sido el Gobierno a los medios.

    De todas formas, cuando tengamos a un Berlusconi en el poder, que, viendo a este país y su gente, lo tendremos, nos lamentaremos de esta ley, pero ya será tarde.

    Saludoss.

    ResponderEliminar
  20. Hoy he leído unas declaraciones de Sinde del día en que se aprobó la nueva normativa


    Dice que "la ley es una "edida completamente equilibrada como ha quedado demostrado con la votación del Parlamento". Eso no demuestra nada. Puede ser un indicio, ya que (se supone) el Parlamento INTENTA sacar leyes buenas. Pero aun dando por hecho dicho supuesto, salvo que se crean infalibles, que ellos crean que una ley es buena no DEMUESTRA que lo sea. Parte del problema es ese, que se creen infalibles. Y parte del problema es que no siempre intentan sacar leyes buenas sino contentar a alguien y en este caso eso ha primado.

    ResponderEliminar
  21. En taro Adun.

    Gracias por la aclaración, anónimo 2. Daba la impresión que el anónimo 1 hablaba de propiedad intelectual propiamente dicha y no de derecho de explotación de patentes. Viendo la ley de patentes, al parecer el período de vigencia es de 20 años improrrogables y aunque el autor de la patente no cobra cánones propiamente dicho, puede denunciar y exigir indemnizaciones a quienes usen su patente durante dicho período. Lo que me ha llamado la atención es que, al parecer, está permitido el uso de la patente por otros cuando sea para fines privados no comerciales. Ciertamente, con respecto a los derechos de autor de cine, música, etc, parece un agravio comparativo ¿verdad?

    Por otra parte, estoy totalmente de acuerdo con Vlazeck: el hecho de que una ley salga adelante en el Parlamento no significa que sea buena, entre otras cosas porque los apoyos parlamentarios se "negocian" de muchas formas: se concede algo por aquí... se hace un favor por allá... en fin, ya se sabe como va esto.

    Por cierto, supongo que todo el mundo habrá notado como se ha castigado a Álex de la Iglesia en los últimos Goya por su desacuerdo con la ley Sinde de marras.

    Mi vida por Aiur.

    ResponderEliminar
  22. Suscribo punto por punto su comentario.

    Un saludo

    ResponderEliminar
  23. Además, esa ley vulnera el Artículo 117.3 de la Constitución:
    Artículo 117.3: El ejercicio de la potestad juridiccional en TODO TIPO DE PROCESOS corresponde EXCLUSIVAMENTE A LOS JUZGADOS Y TRIBUNALES determinados por las leyes.

    ResponderEliminar
  24. Han pasado diez años y los que vulneran la democracia en nombre de la livertá son otros, quizás los tuyos. Seguro que los amigos de esos que te saludaban de Venezuela y que siendo jurisprudentes se llenaban y se llenan la boca de constitución cuando en realidad quieren decir prostitución. Saludos colega.

    ResponderEliminar

Nota: solo los miembros de este blog pueden publicar comentarios.